menu menu menu  
 
 

 

ASOCIACIÓN DE ANTROPOLOGÍA DE CASTILLA Y LEÓN
“MICHAEL KENNY”

Manifiesto de responsabilidades profesionales

 

Preámbulo
L@s antropólog@s trabajan en situaciones complejas donde pueden surgir dilemas éticos. Para la defensa y dignificación de nuestra profesión se hace pués necesaria una declaración de principios deontológicos. Con este fin, ha propuesto un borrador de Manifesto el Grupo de Trabajo que se reunió en el Congreso F.A.A.E.E. de Zaragoza en 1996. Esta declaración no pretende ser completa ni inalterable, sino estimular un proceso continuo de reflexión, estudio y difusión, con la participación amplia de la profesión.


La primera cuestión a plantearse es quién, para qué, para quién y cómo se investiga. Consideramos la investigación antropológica corno un proceso de interacción en doble sentido, entre investigadores e investigados. Esto implica ya el replanteamiento de tales roles. Existen especificidades para los distintos tipos de investigación, entre las que nos interesa señalar las referentes a la investigación en el propio medio por la importancia que ésta tiene en España. Por lo tanto, tratar sobre responsabilidades profesionales supone discutir elementos teórico-metodológicos centrales en nuestra disciplina.


Tod@ antropólog@ tiene los siguientes derechos y deberes:
1. Poder investigar dentro de parámetros consensuados en la comunidad científica, sin olvidar que uno de ellos es precisamente el derecho a cuestionarios e intentar reorientarlos a partir de los procedimientos más claros y rigurosos.
Es necesario el reconocimiento del trabajo de colaboradores, becarios y estudiantes, siendo inaceptable cualquier forma de explotación.
2. Ser honrad@ en los planteamientos de sus investigaciones, para intentar evitar posibles compromisos desagradables y complicaciones o malentendidos posteriores. No plegarse de forma automática a la de-manda de patronos (privados o públicos), sino discutir y renegociarla en función de los intereses del grupo o tema a estudiar y de lo que la antropología pueda y deba aportar al terna, no prometiendo lo que no se pueda en conciencia cumplir.
Para la investigación básica, teniendo en cuenta que está posibilitada en gran parte por los recursos canalizados por las instituciones públicas, exigir que en las instancias que deciden la distribución de dichos recursos haya la presencia explícita de representantes de la profesión.


3. Comunicar a l@s informantes los fines y el método de la investigación de modo que den a la misma su consentimiento informado. Proteger el anonimato de l@s mism@s ante cualquier instancia, si fuere el caso; o reconocer, de acuerdo con ell@s, su parte de la autoría del trabajo realizado.


4. La responsabilidad con respecto ala reputación de su disciplina y sus colegas requiere que tod@ profesional tenga el máximo rigor teórico-metodológico, por un lado, y de sensibilidad, por el otro, en la forma de desarrollar su trabajo, tanto porque es una exigencia del mismo como para no “quemar terrenos" a la profesión.
La profesión de antropología tiene el derecho de controlar su propia reproducción. Utilizar al máximo todo tipo de fuentes y referencias, pero nunca plagiar resultados de las investigaciones de otr@s.

 

5. Divulgar con el máximo de honestidad, veracidad, respeto y asequibilidad los resultados del trabajo, “devolviendo” los mismos a quienes más directamente implicados están en él, a la comunidad científica, y al conjunto de la sociedad. Ante cualquier conflicto de lealtades u obligaciones, priman siempre los intereses de los individuos y grupos objetos del estudio.
Valladolid, enero de 2002.

 

 

ASOCIACIÓN DE ANTROPOLOGÍA DE CASTILLA Y LEÓN  "MICHAEL KENNY" © 2011   ::::   design: factorcreativo.com