ASOCIACIÓN DE ANTROPOLOGÍA DE CASTILLA Y LEÓN
“MICHAEL KENNY”
Manifiesto de responsabilidades profesionales
Preámbulo
L@s antropólog@s trabajan en situaciones complejas donde
pueden surgir dilemas éticos. Para la defensa y
dignificación de nuestra profesión se hace pués necesaria
una declaración de principios deontológicos. Con este fin, ha
propuesto un borrador de Manifesto el Grupo de Trabajo que
se reunió en el Congreso F.A.A.E.E. de Zaragoza en 1996.
Esta declaración no pretende ser completa ni inalterable,
sino estimular un proceso continuo de reflexión, estudio y
difusión, con la participación amplia de la profesión.
La primera cuestión a plantearse es quién, para qué, para
quién y cómo se investiga. Consideramos la investigación
antropológica corno un proceso de interacción en doble
sentido, entre investigadores e investigados. Esto implica
ya el replanteamiento de tales roles. Existen
especificidades para los distintos tipos de investigación,
entre las que nos interesa señalar las referentes a la
investigación en el propio medio por la importancia que ésta
tiene en España. Por lo tanto, tratar sobre
responsabilidades profesionales supone discutir elementos
teórico-metodológicos centrales en nuestra disciplina.
Tod@ antropólog@ tiene los siguientes derechos y
deberes:
1. Poder investigar dentro de parámetros
consensuados en la comunidad científica, sin olvidar que uno
de ellos es precisamente el derecho a cuestionarios e
intentar reorientarlos a partir de los procedimientos más
claros y rigurosos.
Es necesario el reconocimiento del trabajo de colaboradores,
becarios y estudiantes, siendo inaceptable cualquier forma
de explotación.
2. Ser honrad@ en los planteamientos de sus investigaciones,
para intentar evitar posibles compromisos desagradables y
complicaciones o malentendidos posteriores. No plegarse de
forma automática a la de-manda de patronos (privados o
públicos), sino discutir y renegociarla en función de los
intereses del grupo o tema a estudiar y de lo que la
antropología pueda y deba aportar al terna, no prometiendo
lo que no se pueda en conciencia cumplir.
Para la investigación básica, teniendo en cuenta que está
posibilitada en gran parte por los recursos canalizados por
las instituciones públicas, exigir que en las instancias que
deciden la distribución de dichos recursos haya la presencia
explícita de representantes de la profesión.
3. Comunicar a l@s informantes los fines y el método de la
investigación de modo que den a la misma su consentimiento
informado. Proteger el anonimato de l@s mism@s ante
cualquier instancia, si fuere el caso; o reconocer, de
acuerdo con ell@s, su parte de la autoría del trabajo
realizado.
4. La responsabilidad con respecto ala reputación de su
disciplina y sus colegas requiere que tod@ profesional tenga
el máximo rigor teórico-metodológico, por un lado, y de
sensibilidad, por el otro, en la forma de desarrollar su
trabajo, tanto porque es una exigencia del mismo como para
no “quemar terrenos" a la profesión.
La profesión de antropología tiene el derecho de controlar
su propia reproducción. Utilizar al máximo todo tipo de
fuentes y referencias, pero nunca plagiar resultados de las
investigaciones de
otr@s.
5. Divulgar
con el máximo de honestidad, veracidad, respeto y
asequibilidad los resultados del trabajo, “devolviendo” los
mismos a quienes más directamente implicados están en él, a
la comunidad científica, y al conjunto de la sociedad. Ante
cualquier conflicto de lealtades u obligaciones, priman
siempre los intereses de los individuos y grupos objetos del
estudio.
Valladolid, enero de 2002. |